Voy a intentar aclarar un poco vuestras dudas.
¿Quiénes pueden votar ?
Artículo 16. ? Condición de electores y elegibles.
1. Podrán ser electores y elegibles, en las elecciones para la Asamblea General, los componentes de los distintos estamentos que cumplan los requisitos siguientes:
a) Los deportistas que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor expedida u homologada por la Federación Española y la hayan tenido, al menos, durante la temporada anterior, así como haber participado igualmente durante la temporada anterior en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal.
b) Los clubes deportivos inscritos en la respectiva Federación Autonómica en las mismas circunstancias que las señaladas en el párrafo a) en lo que les sea de aplicación.
c) Los técnicos, jueces y jefes de pista ? diseñadores de recorridos con titulación reconocida por la RFHE, que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor expedida u homologada por la Federación Española y la hayan tenido, al menos, durante la temporada deportiva anterior, siempre y cuando hayan participado, también durante la temporada anterior, en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal.
2. En todo caso, los deportistas, técnicos, jueces y jefes de pista ? diseñadores de recorridos deberán ser mayores de dieciséis años para ser electores y deberán tener la mayoría de edad para ser elegibles, con referencia en ambos casos a la fecha de celebración de las elecciones a la Asamblea General.
3. A los efectos de lo previsto en este precepto, las competiciones oficiales de carácter estatal serán las calificadas como tales en el calendario deportivo aprobado por la Asamblea General. Asimismo, las competiciones internacionales oficiales de la Federación Ecuestre Internacional se equipararán a las competiciones oficiales de ámbito estatal.
Por cada uno de los estamentos salen distintas personas (lo resumo por que seria muy largo explicarlo) que son los componentes de la asamblea y esos ( la asamblea) son los que votan al futuro Presidente de la RFHE. No los electores.
De momento y hasta que salgo la lista Oficial son dos los candidatos
D. Joaquín Calvo
D. Carlos Cebriá
Ya teníamos que tener presidente pero diferentes reclamaciones sobre el censo han parado el proceso electoral.
Espero que muy pronto salgan las candidaturas por lo diferentes estamentos en la web de la RFHE y podamos votar para los componentes de la asamblea y tengamos pronto presidente nuevo.
Saludos.
Fernando Carrillo