La entrada en vigor el pasado 8 de Diciembre de 2009 del nuevo reglamento general de conductores
Real Decreto 818/2009 introduce algunas modificaciones a tener en cuenta que
paso a resumirles:
1. La principal modificación, se la indico textualmente a continuación:
A. El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500kg que estén diseñados y
construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos
automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de
750kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a
conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750kg,
siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250kg, sin perjuicio de las
disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
B. Igualmente, se prevé la posibilidad de autorizar con el permiso de clase B la conducción de
conjuntos de vehículos que excedan de 3500kg, sin rebasar los 4250kg, tras la superación de
una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la
superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro
del Interior.
Lo cual supone una importante modificación con respecto a la norma vigente hasta ahora,
resumiendo hasta la entrada en vigor de la normativa actual podríamos arrastrar con el permiso B una masa
máxima autorizada de conjunto de 3.500Kg aumentando la misma con la norma actual hasta los 4.250Kg.
Ademas, para poder remolcar un conjunto cuya suma de MMA no supere los 4250Kg y exceda
de 3500Kg deberemos de Urealizar una prueba de control de aptitudes o una formación especifica,
esto se traduce en un pequeño examen prácticoU (a fecha de la presente no esta completamente
definido), o una formación especifica sustitutoría, en definitiva se trata de pagar las correspondientes
tasas y a través de una autoescuela realizar una pequeña prueba.
Todo lo comentado hasta ahora supone una solución a muchos de los problemas que se nos
planteaban hasta ahora por ejemplo a la hora de vender un Van de caballos aunque, como no podría ser de
otra manera el Ministerio del Interior nos indica un pequeño problema y es el siguiente y que les indico
textualmente:
En cualquier caso esta solución adoptada con el nuevo reglamento parece una vía mucho más
sencilla que la obtención del permiso E necesario anteriormente.