¿NECESITO CARNET DE REMOLQUE SI TENGO EL CARNET DE CONDUCIR TIPO B?
Mucho se está hablando últimamente del carnet de conducir de remolques. ¿Hace falta..? ¿No hace falta..?
Intentare explicarlo de una forma sencilla haciendo unas comprobaciones en las tarjetas de inspección técnica del vehículo tractor y del remolque.
A) Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no es superior a 750 Kg., no hace falta carnet de remolque, basta con el correspondiente al vehículo tractor.
B) Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque es superior a 750 Kg. entonces se pueden dar dos casos:
Si la suma de las masas máximas autorizadas (MTMA/MMA) del vehículo tractor y del remolque no supera los 3.500 Kg. y la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no es superior a la TARA del vehículo tractor, no es necesario el carnet de remolque.
En los demás casos es preciso el carnet de remolque (B+E).
Lo anterior es aplicable a vehículos que puedan conducirse con el permiso de clase B. Si el vehículo tractor necesita otro permiso habrá que hacer las respectivas correcciones.
Además en ningún caso se podrá arrastrar un remolque si la MTMA/MMA del mismo es superior a la masa máxima remolcable (MMR) sin freno (S/F) o con freno (c/F), según el remolque disponga de sistema de frenado o no, que figura en la tarjeta de inspección técnica del vehículo tractor
Mucho se está hablando últimamente del carnet de conducir de remolques. ¿Hace falta..? ¿No hace falta..?
Intentare explicarlo de una forma sencilla haciendo unas comprobaciones en las tarjetas de inspección técnica del vehículo tractor y del remolque.
A) Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no es superior a 750 Kg., no hace falta carnet de remolque, basta con el correspondiente al vehículo tractor.
B) Si la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque es superior a 750 Kg. entonces se pueden dar dos casos:
Si la suma de las masas máximas autorizadas (MTMA/MMA) del vehículo tractor y del remolque no supera los 3.500 Kg. y la masa máxima autorizada (MTMA/MMA) del remolque no es superior a la TARA del vehículo tractor, no es necesario el carnet de remolque.
En los demás casos es preciso el carnet de remolque (B+E).
Lo anterior es aplicable a vehículos que puedan conducirse con el permiso de clase B. Si el vehículo tractor necesita otro permiso habrá que hacer las respectivas correcciones.
Además en ningún caso se podrá arrastrar un remolque si la MTMA/MMA del mismo es superior a la masa máxima remolcable (MMR) sin freno (S/F) o con freno (c/F), según el remolque disponga de sistema de frenado o no, que figura en la tarjeta de inspección técnica del vehículo tractor